domingo, 6 de mayo de 2018



ANÁLISIS SOBRE EL PACTO COLECTIVO EN COLOMBIA


            Como hemos visto a lo largo de este blog, los Pactos Colectivos en Colombia fueron creados por el gobierno con el fin de mejorar las condiciones laborales de los asalariados del país y por otro lado evitar o minimizar  perjuicios a las Empresas, que se venían ocasionando por causas de huelgas y ceses de actividades promovidos por los sindicatos.
          Como todas las leyes existentes en Colombia, los Pactos Colectivos, los Sindicatos y las Convenciones Colectivas tienen sus partidarios y sus contradictores, también de la misma manera existe, quienes intencionalmente o por ignorancia frente al tema, cofunden la ley y la usan para su beneficio propio, creando conflictos por intereses, pleitos desgastantes, ocasionando el surgimientos de nuevas leyes, nuevos acuerdos y con estos nuevos pleitos.
          Las Leyes deben irse modernizando, actualizando, a medida que la sociedad lo exija, que las nuevas tecnologías lo requieran, de la misma manera  que la sociedad va avanzando, es necesario que las leyes que nos rigen lo hagan también, minimizando el riesgo de convertir la Constitución en una utopía y a  los dirigentes en unos tiranos.
          El Pacto Colectivo y la Convención Colectiva tienden a confundirse, por esta razón la Corte Constitucional en su sentencia SU-342 de 1995 hizo un paralelo entre las dos para evitar estas confusiones o dudas.
          Es así como podemos ver, que es de vital importancia el conocimiento de la Constitución Política, saber y entender que leyes nos rigen como ciudadanos, nuestros derechos y nuestros deberes, para respetar siempre los derechos de los demás y hacer valer los nuestros, cuando nos sentimos vulnerados. Saber  con qué herramientas podemos contar, al ingresar a una Empresa y como trabajadores, analizar de una manera crítica, teniendo los conocimientos adquiridos, gracias a lo aprendido a lo largo  del curso y poder de esta manera, decidir que nos convienen más, que beneficios o que desventajas tiene la Empresa a la cual voy a pertenecer, para aportar de manera correcta al crecimiento y fortalecimiento de la sociedad.
  
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REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

Constitución Política de Colombia, s.f. De los derechos fundamentales, capítulo 1, artículo 39. Tomado de http://www.constitucioncolombia.com/titulo-2/capitulo-1/articulo-39, el 18 de abril de 2018

Ciudadanía activa, 2007. Derecho de Asociación Sindical y Empresarial: Artículo 39. Tomado de https://blogjus.wordpress.com/2007/05/13/derecho-de-asociacion-sindical-y-de-asociaciones-articulo-39/, el 18 de abril de 2018



PROPOSITOS DEL PACTO COLECTIVO

LOS PACTOS COLECTIVOS Y LOS PLANES DE BENEFICIOS ESTÁN SIENDO UTILIZADOS POR LOS EMPLEADORES POR LO MENOS CON TRES PROPÓSITOS




 Como estrategia preventiva ante el posible surgimiento de sindicatos; como estrategia de contención para que los sindicatos no se desarrollen o desaparezcan, y como estrategia de debilitamiento o de choque para que sindicatos mayoritarios dejen de tener la capacidad de negociación y huelga con la que cuentan.
Cifras del ministerio del Trabajo citadas por la ENS indican que entre el 2011 y el 2012 los pactos colectivos crecieron un 23 por ciento mientras que las convenciones colectivas solo aumentaron un uno por ciento.
De los 215 pactos colectivos que se firmaron en el 2012, 58 tuvieron lugar en empresas donde existe negociación colectiva, por lo que, afirma la Escuela, en el 71 por ciento de estas empresas disminuyó significativamente el número de trabajadores sindicalizados.
Ante el incremento acelerado del uso de esa figura, “en una acción sin precedentes”, 50 sindicatos anunciaron igual número de querellas ante el ministerio del Trabajo, de las cuales 30 ya fueron presentadas, con el objetivo de que esta cartera investigue las compañías donde están vigentes dichos pactos.
No obstante las reiteradas peticiones de este diario al ministerio del Trabajo para que se manifestara sobre la situación mencionada y la denuncia de los sindicatos, no hubo ningún pronunciamiento de la cartera laboral.

REFERENCIAS:
Denuncian que pactos colectivos se usan para debilitar los sindicatos (01 de julio 2014 , 08:52 a.m.) recuperado de http://www.eltiempo.com/archivo/documento/CMS-14191235

OFRECIMIENTO DE BENEFICIOS DEL PACTO COLECTIVO

                              Recuperado de.https://www.youtube.com/watch?v=1wHcRoBI-AA

lunes, 23 de abril de 2018


En articulo de Marzo de 2017

El  gobierno teniendo en cuenta la preocupación del sector privado y el acuerdo de Paz con las farc y que no se puede dejar por fuera los temas laborales, el Ministerio de trabajo tiene un proyecto de ley  que regula los pactos colectivos.

unos de estos proyectos son el fortalecimiento de la  representación sindical y el estimulo a las negociaciones colectivas por rama de actividades, con este proyecto donde se derogaría el Art. 481 del código sustantivo del trabajo que preocupaba al sector privado ya que se  ve la  intención de desaparecer esta figura.

Dentro de esa agenda legislativa se aboga para que el pais avance hacia un  trabajo decente "compromiso consignado el plan nacional del desarrollo 2014-2018" ya que a esto se comprometio el gobierno en el TLC con Estados Unidos.



En un artículo en el año 2017, la ministra Clara López aclara una sentencia sobre la propuesta hecha por el gobierno de eliminar el alcance de los pactos colectivo de trabajo.
Por lo ocurrido con las subcontrataciones de servicios y obras por un empresario ya que no siempre garantizaban la  solidaridad entre la persona que hace el trabajo y el contratante ya que  no garantizaba el pago de prestaciones y salarios ya que no estaban cumpliendo con estas obligaciones.
Debido a estas limitaciones propusieron los trabajadores restringir los pactos laborales, que parecían un invento Colombiano ya que solo existían aquí y en mexico, esta propuesta la hicieron con el fin de fortalecer la sindicalización para crear una negociación colectiva que es la que se hace con un sindicato a diferencia de los no organizados que tienen manera de implementar o tomar decisiones y no tienen representación esto con el fin de que la gente no se sindicalice.

                                                                        DERECHO LABORAL COLECTIVO Y TALENTO HUMANO         ...